sábado, 23 de febrero de 2013

POR QUÉ NOS OPUSIMOS A LA LICITACIÓN DE LAS OBRAS DEL PABELLÓN MUNICIPAL



En el pleno de ayer día 22, se aprobó el proyecto del pabellón polideportivo ¿Fase2?, lo ponemos así porque ni ellos saben lo que están aprobando, y me explico: las obras del pabellón las tienen previstas hacer con un PPOS de 57.375,00€ y con un RURALTER de 188.099,84€, ¿cuál es entonces el problema?, pues hay varios:

1.- En Abril 2011 se aprobó el proyecto Fase3 sin ni siquiera estar terminado como se puede leer en el acta de ese mismo pleno, y este fue para incluirlo en el PPOS del 2011, ahora presentan la Fase2, pero el pliego de licitación va como fase3 de nuevo, preguntado al Alcalde sobre que se iba a hacer en la fase2 y la fase3, nadie nos supo contestar, parece que todo esta junto pero con un solo presupuesto de 188.099,84€, entonces el PPOS ¿para que es?, el caso es que tienen un lío bastante importante y da la impresión de que no saben lo que están haciendo.

2.- El segundo tema y quizás el más importante es el económico,  en e pleno del día 8 de febrero de 2013 y en una reunión posterior, el grupo de gobierno nos presento unas cuentas con una deuda bastante importante, y que no tardaremos en analizar ya que tampoco nos salen las cuentas, pero aparte de eso hablaron de que tienen previsto pedir un crédito de 200.000€ para pagar la basura, que hay sentencias judiciales, que al arquitecto le deben 90.000€ (imaginamos que aquí estarán los proyectos que ellos han pedido), 12.000€ para la arquitecta actual al quedarse desierto el concurso de la residencia, etc…., el caso es que después de describir esta situación, presentan la ejecución de este proyecto, ¿Qué problema hay? pues muy sencillo, la subvención RURALTER de 188.099,00€ no cubre el abono del IVA ni los honorarios de la dirección de obra y que son los siguientes:

I.V.A                    = 39.500,80€
Honorarios D.O.  = 24.312,76€
Total                    = 63.813,56€

63.813,56€ que tiene que aportar el ayuntamiento de Siete Aguas, además de 2.868,75€ de la parte de los PPOS y de la dirección de obra de la fase II

El caso es que al final de la corrida el Ayuntamiento de Siete Aguas deberá aportar unos 100.000€ de las arcas municipales y adelantar 188.099,00€ del RURALTER que como  mínimo tardaran en venir un par de años.

EN RESUMEN:

Según vimos ayer no tienen ni idea de lo que van a hacer y por lo tanto financiar con un proyecto y con otro, con el correspondiente peligro que tiene esto.

Al Ayuntamiento le costara un mínimo de 100.000€ y deberá adelantar otros 200.000€ que no sabe cuando cobrara, y más aun cuando parece que se quieren dar de baja para no tener que aportar la cuotas para los fondos RURALTER.

Por lo tanto nuestro criterio es claro:

En estos momentos no hacer obras que no estén financiados con PPOS (planes provinciales de la Diputación), que son los únicos que se están pagando y del los que no se exige demasiada aportación municipal y ocupar todos los recursos posibles a minorar la deuda.

El Partido Socialista y Compromis pueden seguir Haciendo demagogia con la deuda y luego seguir subiendo los impuestos echándole las culpas a los demás, nosotros NO.

martes, 12 de febrero de 2013

ESCRITO SOBRE EL CESE DE ACTIVIDAD DEL "ASESOR VOLUNTARIO"

Le informo que al día de la fecha hemos tenido conocimiento de que una persona que no tiene ninguna relación contractual con ese ayuntamiento, esta recabando y facilitando información de terceros que están bajo su custodia, más concretamente datos vinculados con el catastro de rústica y de urbana.
Le recuerdo por tanto que según la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de datos, el Alcalde y el secretario de la corporación tienen la condición legal de responsables de los ficheros y de la información municipal, por lo que permitir el acceso a dichos datos a personal ajeno a ese ayuntamiento podría incurrir en responsabilidades penales.
Además con fecha 5 de septiembre de 2012 y registro de entrada 945 recibió en su ayuntamiento escrito de la Conselleria de presidencia, dirección general de administración local, servicio de asesoramiento municipal y gestión de habilitados nacionales un informe al respecto sobre la supuesta figura del “asesor voluntario”, en lo que no deja lugar a ningún tipo de dudas de lo que aquí le informamos, por lo que no puede alegar en su descargo el principio “de buena fe”.
Por tanto solicito cese dicha actividad de manera inmediata o muy a nuestro pesar, nos veremos obligados a iniciar las medidas legales oportunas.
Le adjunto copia del informe de la referencia.

REITERACIÓN DE CONTESTACIÓN DE ALEGACIONES A LA APROBACIÓN DEL VOLUNTARIADO MUNICIPAL

Con fecha 22 de octubre de 2.012 y registro de entrada nº 1.107 del ayuntamiento, se presentaron alegaciones a la aprobación del Reglamento del Grupo de Voluntariado Municipal, aprobado inicialmente por la corporación municipal en la sesión del pleno ordinario de fecha 28 de septiembre de 2.012 y sometido a información pública mediante edicto de fecha 1 de octubre de 2.012.
Que al día de la fecha no hemos recibido contestación de las mismas, y que según el articulo Artículo 42. Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dice textualmente:
“1. La Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación.”.........
“2. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Este plazo no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en la normativa comunitaria europea.”
“3. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses. Este plazo y los previstos en el apartado anterior se contarán”:
a.      “En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación.
b.      En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación”
Por tanto consideramos se ha excedido el plazo máximo de contestación de las mismas, y que según el articulo 49 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en su apartado c obliga a la administración a la ”resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno”.
Por todo ello nos reiteramos en las alegaciones presentadas y recordamos la obligación de contestarlas en tiempo y forma según dictaminan la leyes.

SOLICITUD DE ACLARACIÓN DEL ABONO DEL IMPORTE DEL PROYECTO DE ACONDICIONAMIENTO DE LA RESIDENCIA

Don Emilio Palacios Marín en representación del Grupo Popular de Siete Aguas.
Estudiado el PLIEGO DE CONDICIONES JURÍDICAS Y ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA DE REFORMDE RESIDENCIA DE PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES Y CENTRO DE DÍA ANEXO, y una vez que por su parte se anunció en el pleno extraordinario del día 8 de febrero de 2013 que no se había presentado nadie a la licitación y que probablemente la adjudicación quedara desierta, observamos que según la cláusula sexta.- obligaciones del concesionario en su apartado 2 dice textualmente:
"2.-el coste de las obras asi como los del proyecto, cuyos honorarios por importe de 12.376,40€ (anexo III), se harán efectivos a la arquitecta redactora por mediación del ayuntamiento a la firma del contrato, así como de abonar el importe de visados y dirección de obra"

SOLICITO:
Se nos aclare quien deberá asumir el coste del proyecto redactado y de los visados correspondientes, si dicha adjudicación quedara desierta.

ESCRITOS DEL PARTIDO POPULAR REMITIDOS AL AYUNTAMIENTO POR REGISTRO DE ENTRADA DE 12/2/2013

 A fecha de hoy día 12/2/2013 se han remitido al Ayuntamiento de Siete Aguas escritos de diversa naturaleza:

1.- Solicitud del libor mayor de ingresos y gastos del año 2.012

2.- Solicitud de aclaración del abono del importe del proyecto de acondicionamiento de la residencia

3.- Reiteración de contestación de alegaciones a la aprobación del voluntariado municipal.

4.- Escrito sobre el cese de actividad del "asesor voluntario"

Los publicaremos a continuación para que esteis informados de nuestras gestiones, menos el primero que es lo que dice el titulo sin más misterio

lunes, 11 de febrero de 2013

OBJECIONES Y ANALISIS DE LOS PRESUPUESTOS DEL AÑO 2013

GRUPO POPULAR DE SIETE AGUAS

Objeciones a la aprobaciones del presupuesto municipal del año 2013

1.- Fecha de aprobación inicial del presupuesto

Según el articulo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sobre texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales que regula la publicidad, aprobación definitiva y entrada en vigor del presupuesto de las entidades locales, en sus apartados 1 y 2 dice textualmente:
“1. Aprobado inicialmente el presupuesto general, se expondrá al público, previo anuncio en el boletín oficial de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial, por 15 días, durante los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.”
“2. La aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno de la corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse.”
Dichos preceptos no son un capricho del legislador, sino que estos garantizan los principios de publicidad y participación del ciudadano en los asuntos públicos, por tanto la propuesta sobre el presupuesto del 2013 que aquí se debate quedaría aprobado definitivamente como  muy pronto el 23 de febrero siempre que no hubiera alegaciones al respecto, pudiendo llegar hasta el mes de marzo, dándose la paradoja de presentar la liquidación del presupuesto del año 2.012 antes de aprobar definitivamente los del 2.013.
Dados los tiempos actuales de crisis y falta de recursos en los que la planificación en función de unos objetivos y metas preestablecidas es fundamental, no parece muy adecuado estar funcionando con un presupuesto prorrogado hasta el primer trimestre del año.

2.- Planificación de los ingresos

Sobre la planificación de los ingresos, si alguna ventaja tiene el aprobar los presupuestos fuera de plazo es que mediante un análisis del estado de ejecución del presupuesto del año anterior se pueden ver las desviaciones entre la planificación y los ingresos reales, sin embargo y a fecha de la redacción de este informe solamente disponemos de el estado de ejecución de junio de 2012, por lo que las desviaciones todavía no son significativas.
Sin embargo comparando las previsiones de ingresos de 2013 con los presupuestos de 2012 y 2011 esta claro que son unos presupuestos totalmente continuistas tanto en ingresos como en gastos de los que hablaremos posteriormente, aunque con algunos aumentos significativos que pasaremos a resumir por capítulos.


En el capitulo I de impuestos indirectos las previsiones de 2011 y 2012 son muy parecidos, aunque si cabe destacar el incremento respecto a 2.011 en 104.101,14€ y que repercute sobre todos los ciudadanos de Siete Aguas.
El capitulo 3 de Tasas también varia poco aunque aparece un significativo aumento en la aplicación 313 servicios deportivos (entrada de piscina + polideportivo+inscripción GF) de 13.000€ y desde luego una perdida de ingresos respecto a 2011 en la aplicación 314 área recreativa de 52.000€ y que se han equilibrado con la subida de las demás tasas, siendo la mayor subida desde el 2011 de 28.514,47€ en tasas de basuras y que también repercute directamente sobre el ciudadano.
En el capitulo 4 de ingresos por trasferencias corrientes, solamente congratularnos por lo que parece un aumento en los ingresos y que van desde un aumento de 22.104,55€ respecto al 2.012 y de 159.521,85€ respecto al 2.011.
Por último entraremos en detalle del capitulo 7 ingresos por transferencias de capital y que son los ingresos destinados a las inversiones del capitulo 6 de gastos y que analizaremos conjuntamente al final de nuestra exposición de motivos.
3.- Planificación de los gastos
El presupuesto de gastos exceptuando el capitulo 6 de inversiones difiere muy poco del presupuesto del año 2012 si exceptuamos los 45.197,99€ de pago de intereses del crédito ICO para pago de proveedores y el capitulo 6 de inversiones.
En resumen sobre los gastos existe un incremento en el capitulo 1 de personal de 17.063,83, un ahorro en el capitulo 2 de 21.685,24€, un incremento de 41.057,17€ en el capitulo 3 de pago de intereses, y un ahorro en el capitulo 4 de 17.670,68€, respecto al año 2.012 por lo que estos presupuestos incrementan el gasto en los capítulos 1 al 4 de18.765,08€.
Por otro lado el equipo de gobierno en diversos actos institucionales hace referencia a la deuda que actualmente tiene el ayuntamiento de Siete Aguas, sin embargo en la propuesta de aprobación del presupuesto, incluido la bases de ejecución no se hace referencia alguna ni estimación de como estos presupuestos van a reducir dicha deuda, solamente en el informe de estabilidad del secretario interventor se refiere al plan de ajuste del real decreto ley 4/2012 y por el cual este ayuntamiento prevé reducir sus aportaciones municipales a las inversiones en 91.495,11€.
3.- Análisis del capitulo 7 de ingresos y capitulo 6 de gastos.
Visto el capitulo 7 de ingresos por transferencias de capital para la financiación de las inversiones y el capitulo 6 de gastos en inversiones, existe el siguiente balance:
Ingresos capt. 7 313.275,87 €
Gastos capt.   6  404.770,98 €
Diferencia         =91.495,11 €
Que parece que es lo que este ayuntamiento prevé reducir, lo que no explica es como.
Sin embargo este ayuntamiento realiza una “trampa” presupuestaria para equilibrar el presupuesto y es la siguiente:
Aplicación de ingresos 750 Residencia       1,00€
Aplicación de gastos    682 Residencia       1,00€
Sin embargo desde la Conselleria de justicia y bienestar social concede una subvención de 158.422,00€ correspondiente al 75% de la obra subvencionada con la distribución de anualidades siguiente:
2012                                   8.422,00 €
2013                                150.000,00€
Por lo tanto este año se prevé se ingrese en el año actual 150.000€ y que debe estar como previsión de ingreso en la aplicación 750 de ingresos.
Por otro lado se ha aprobado el pliego para la  concesión de la residencia donde se prevé una inversión para adecuación de la misma por un valor de 211.230,87€ y que deberla computarse en la aplicación 682 de gastos.
Tanto el ingreso como el gasto están o aprobados o en fase de aprobación, ¿entonces por qué no se aplica la normativa presupuestaria?.
El tema es sencillo el desequilibrio presupuestario entre el coste de las inversiones y las ayudas para acometerlas se incrementaría en 61.230,87€ quedando un desfase total de 152.725,98€.
Por tanto el presupuesto total de ingresos sería de 1.557.920,15€ y el presupuesto de gastos en 1.619.151,05€, incumpliendo el articulo 16.2 del RD 1463/2007, de 2 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la ley 18/2001, de 12 de diciembre, de estabilidad presupuestaria.
Por todo lo aquí expuesto y que se resume en lo siguiente:
1.- Incumplimiento de los plazos para la aprobación del presupuesto según el articulo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo sobre texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2.- Presupuesto según el análisis de ingresos gastos, totalmente continuista en lo que solamente se ha ajustado por imperativo de la normativa estatal y que no responden a los tiempos de crisis.
3.- No se realiza ninguna previsión sobre la reducción de la deuda actual.
4.- Se intenta mediante el falseamiento de ingresos gastos de las inversiones saltarse de la ley 18/2001, de 12 de diciembre, de estabilidad presupuestaria.
El grupo popular municipal de Siete Aguas, dará el voto negativo a la aprobación del presupuesto del año 2013

APROBACION DE PRESUPUESTOS AÑO 2013

A continuación vamos a colgar las objeciones que hemos encontrado en los presupuestos aprobados inicialmente en el pleno del día 8 de 2013.

Hemos intentado estudiarlos y analizarlos con la mayor objetividad posible, y siempre pensadno si son buenos o no para Siete Aguas, nuestro alcalde nos acusa de falta de "Responsabilidad politica" por votar en contra de estos presupuestos, pero si tenia tanto interes en que se aprobaran por unanimidad quizas deberia haber pensado en consensuarlos antes, porque tiempo ha tenido ya que lleva 6 MESES DE RETRASO para aprobarlos, pero por lo que se ve todavia "no nos merecemos nada".

Nos acusan de que antiguamente inchabamos los presupuestos, sin embargo ahora se dejan previciones de ingresos gastos sin meter en los presupuestos para ADELGAZARLOS DESCARADAMENTE.

A nuestro juicio y despues de escuchar las contestaciones que daban a las preguntas del público, han elaborado unos presupuestos totalmente Sectarios en los que no cuentan con la totalidad del pueblo, utilizan la mayoría con la complicidad de Compromis aunque su representante se intente desmarcar para no tener que negociar ni consensuar, cosa que era lo que más criticaban en las anteriores legislaturas, "haz lo que yo digo pero no lo que yo hago".