SE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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No clarifica competencias municipales
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1.- Asegura la prestación de servicios obligatorios con independencia del lugar de residencia de los ciudadanos (art. 7.4; 25; 26). Realiza una actualización de competencias
2.- Art. 7.4: sólo se podrán prestar competencias no obligatorias cuando estén aseguradas las obligatorias
3.- Art. 25.1: se pasa de una Ley 7/1985 que consideraba "toda clase de actividades" a la redacción actual que establece que "se puede promover actividades y prestar servicios públicos" en el marco de la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera
4.- Informe del Consejo de Estado 567/2013 en su página 26 dice: "la definición de un nuevo esquema de determinación de competencias locales es sin duda uno de los aspectos más relevantes".
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SE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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No simplifica la estructura de la Administración Local
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1.- Modernizar, optimizar y potenciar aquello que es necesario para consolidar la sociedad del bienestar (art. 26; 27; 36; 75; 92; 103 bis; 116 bis; DA 9; DT 6 y DA 20).
2.- Los servicios públicos deberán gestionarse de una forma sostenible y eficiente
3.- El redimensionamiento del sector público local supone su adaptación a las exigencias de los mecanismos de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera y pago a proveedores.
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SE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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No evita duplicidades
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1.- El proyecto de Ley que dice explícitamente en su artículo 7.4: "que las entidades locales sólo podrán ejercer competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación cuando no se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal, de acuerdo con los requerimientos de la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y no se incurra en un supuesto de ejecución simultánea del mismo servicio público con otra Administración Pública".
2.- El Dictamen 567/2013 del Consejo de Estado reafirma la redacción al decir en su página 25, que aún cuando se suprime el artículo 28 ..(...) los municipios podrán seguir desplegando su actividad en ámbitos distintos de los definidos en los artículos 25 y 27 si bien la posibilidad se condiciona al cumplimiento de los requisitos previstos en el nuevo artículo 7.4"
3.- Por lo tanto, se contempla el desarrollo de actividades "impropias" cuando se cumpla la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera, que es distinto a realizar actividades duplicadas. Además, es una petición que el Gobierno aceptó a la FEMP
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SE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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Daña la autonomía local
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1.- Este proyecto desarrolla un marco competencial que ejerce la autonomía local desde una responsabilidad constitucionalmente protegida.
Se contempla la autonomía local cuando:
a) se apela al principio de lealtad institucional entre instituciones
b) se solicita contemplar el impacto financiero de las decisiones que se adopten en relación al resto de Administraciones
c) cuando se garantiza en los artículos 57 y 57 bis la cooperación económica y la garantía de pago en el ejercicio de las competencias delegadas en su tiempo y forma.
2.- El Dictamen del Consejo de Estado 567/2013 indica en su página 29 que "la reforma proyectada no determina per se una afectación de la autonomía local de tal intensidad que pueda implicar una vulneración de la garantía institucional"
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SE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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Daña la vida democrática
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1.- Esta reforma no tiene nada que ver con la Ley Orgánica del Régimen Electoral General que regula la vida democrática de nuestro país.
2.- La fórmula de elección de las Diputaciones no cambia.
3.- Gastar menos de lo que se ingresa y gastar en función de lo que se ingresa no daña la vida democrática. Es garantía para asegurar la prestación de los servicios obligatorios a los ciudadanos.
4.- Asegurar la prestación de servicios y que las Administraciones velen por un mejor uso de los recursos que los ciudadanos ponen a su disposición NO DAÑA LA VIDA DEMOCRÁTICA. ES GARANTÍA DE FUTURO.
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SE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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Daña a los ciudadanos
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1.- Se persigue un modelo territorial que respete la autonomía municipal y que actúe como palanca de apoyo del municipalismo para garantizar una cobertura adecuada de los servicios al ciudadano.
2.- Se apuesta por la cooperación interterritorial de las Administraciones implicadas cuando sea
necesario
3.- Las Diputaciones garantizarán una doble cobertura territorial en la prestación de servicios. Sólo cuando se incumpla el objetivo de estabilidad presupuestaria, el objetivo de deuda o de la regla de gasto, se habilita un respuesta de la Diputación, de conformidad con los municipios afectados, que propondrá al MINHAP la fórmula de la prestación más adecuada de conformidad con la Administración que tenga la tutela financiera
NI SE DAÑA NI SE PRIVATIZA.
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SE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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No resuelve los problemas de financiación de los Ayuntamientos
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1.- La reforma local no es una ley de financiación.
2.- El proyecto adapta las competencias de la Ley 7/1985 casi 30 años después, por lo tanto, promueve la reordenación competencial.
3.- El dictamen 567/2013 en su página 51 dice de manera expresa que "otro de los puntos cardinales a los que se orienta el anteproyecto es el reforzamiento del control financiero y presupuestario de las entidades locales
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SE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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Abre la puerta a la privatización y a los recortes sociales
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1.- En ningún artículo de la reforma local aparece la palabra privatización.
2.- Dentro de la forma de gestión en la prestación de servicios públicos por la que se opte se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 9 del Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007) que dice: "En todo caso, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que en la ley de desarrollo de cada Administración Pública se establezca".
3.- El uso del Derecho Administrativo es prioritario en la redacción del texto.
4.- Cuando se habla de iniciativa económica, se consideran situaciones que quieren evitar las intervenciones administrativas desproporcionadas.
"Para ello se limita el uso de autorizaciones administrativas para iniciar la actividad económica a los supuestos en que su necesidad y proporcionalidad quedan justificadas" como también reconoce el Dictamen del Consejo de Estado 567/2013 en su página 4.
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SE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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Pérdida de miles de empleos públicos
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1.- Los artículos 8, 9, 10, 11 y 12 del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, incluye las clases de empleados públicos existentes en la Administración y el ejercicio de sus funciones que corresponden en exclusiva a funcionarios públicos.
2.- La reforma propone un modelo donde el político se dedica a la dirección política y el funcionario a la gestión técnica, dentro de un modelo abierto y orientado a una Administración por resultados.
3.- En ningún párrafo se habla de despido, ni de sistemas que lleven a la pérdida de miles de empleos.
4.- Se habla de sostenibilidad de los servicios y de garantizar la cobertura al ciudadano
5.- Se habla de profesionalizar la Administración y de regular un sistema retributivo más homogéneo y responsable para miembros de las Corporaciones Locales, funcionarios locales y directivos del sector público local.
NO A LA CULTURA DEL MIEDO.
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SE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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Despoja de competencias a los municipios con menos de 20.000 habitantes
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1.- Las Diputaciones garantizarán una doble cobertura territorial en la prestación de servicios. Sólo cuando se incumpla el objetivo de estabilidad presupuestaria, el objetivo de deuda o de la regla de gasto, se habilita una respuesta de la Diputación, de conformidad con los municipios afectados, que propondrá al MINHAP la fórmula de la prestación más adecuada de conformidad con la Administración que tenga la tutela financiera.
2.- No despoja de competencias al 95% de los municipios de este país, sino que asegura la cobertura de servicios al ciudadano en el caso de que sea necesaria
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SE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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El dictamen del Consejo de Estado es un varapalo a la reforma local
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1.- El Consejo de Estado en su Dictamen 567/2013 confirma la constitucionalidad de la reforma local y legitima al Gobierno para que modifique con carácter básico las competencias locales.
2.- El Consejo de Estado considera que la tramitación de la reforma ha sido adecuada y se han realizado las consultas pertinentes
3.- El Consejo de Estado apoya la reforma local y realiza observaciones de carácter no esencial que han sido recogidas en el Proyecto que el Gobierno ha presentado a las Cortes Generales para su tramitación
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SE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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Es una bomba de relojería para la unidad de mercado
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1.- La unidad de mercado queda plenamente garantizada al confirmarse como indica el Dictamen del Consejo de Estado 567/2013 al decir en su página 28: ""Esta doctrina (…) del TC permite afirmar que es el legislador estatal quien, en ejercicio de la competencia que le reconoce el artículo 149.1.18 de la Constitución, puede y debe establecer una regulación normativa uniforme y de vigencia en todo el territorio español, configurando un modelo local común que comprenda tanto la vertiente subjetiva o de construcción institucional de los entes locales, como la objetiva de determinación de las competencias que se les atribuyen, incluyendo igualmente la regulación de las relaciones existentes entre sí y con otras Administraciones Públicas".
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El PSOE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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Solicitan otro modelo con clara delimitación de competencias y la financiación necesaria.
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1.- La reforma local presenta un modelo con una clara delimitación de competencias tal como se ha explicado y que viene avalada por el Dictamen del Consejo de Estado.
2.- La reforma local no es una ley de financiación. La Ley de financiación que se abordará en el 2014 se incorpora en la Ley de Haciendas Locales.
UN MODELO QUE FUE INCAPAZ DE PRESENTAR EN 8 AÑOS DE GOBIERNO
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El PSOE DICE
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CON LA REFORMA LOCAL: SE HACE
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Solicitan otro modelo de estructura y organización acorde al siglo XXI, que aporte eficacia y ahorre costes
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1.- La reforma local es una respuesta a la sociedad que integra un modelo territorial competencial estructurado y acorde a la realidad de los Ayuntamientos del Siglo XXI, tal como expresamente ha declarado la FEMP.
2.- La reforma local generará un ahorro en coste que superará los 8.000 millones de euros en el periodo comprendido entre 2014-2019.
3.- Supone un modelo donde se delimita las funciones de dirección de los políticos de las funciones estrictamente técnicas que deben ejercer los funcionarios habilitados nacionales
UN MODELO QUE FUE INCAPAZ DE PRESENTAR EN 8 AÑOS DE GOBIERNO
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martes, 4 de marzo de 2014
LAS VERDADES Y LAS MENTIRAS SOBRE LA LEY DE LA REFORMA LOCAL
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